Los caudales ecológicos en la planificación hidrológica. Reflexiones a la luz de la Sentencia del Tribunal Supremo 309/2019 de 11 de marzo, relativa al plan hidrológico del Tajo y sus posibles impactos en el Trasvase Tajo-Segura

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.14198/Sostenibilidad2019.1.02

Palabras clave:

caudal ecológico, planificación hidrológica, trasvase Tajo-Segura, sentencia Tribunal Supremo

Resumen

El artículo analiza la reciente Sentencia del Tribunal Supremo 309/2019 de 11 de marzo, por la que se anula el plan hidrológico de la demarcación del Tajo por no contener una determinación concreta de los caudales ecológicos en cuatro masas de agua estratégicas. El interés del trabajo radica en la potencial afección que podría tener la fijación desproporcionada de tales volúmenes en los usuarios del Trasvase Tajo Segura, cuyos aprovechamientos dependientes del Trasvase están en función del volumen de recursos almacenados en el Alto Tajo. El incremento de estos caudales supondría mayores desembalses y, potencialmente, menores trasvases al Segura. Al hilo de esta cuestión se analizan los aspectos fundamentales del régimen jurídico de los caudales ecológicos, el elevado componente discrecional de su fijación, y la potencial responsabilidad patrimonial derivada de su implantación.

Financiación

El presente estudio ha sido realizado con la financiación de la Cátedra del Agua de la Universidad de Alicante-Diputación Provincial de Alicante (2019).

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Citas

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Publicado

15-07-2019

Cómo citar

Molina, A. (2019). Los caudales ecológicos en la planificación hidrológica. Reflexiones a la luz de la Sentencia del Tribunal Supremo 309/2019 de 11 de marzo, relativa al plan hidrológico del Tajo y sus posibles impactos en el Trasvase Tajo-Segura. Sostenibilidad Económica, Social Y Ambiental, (1), 13–30. https://doi.org/10.14198/Sostenibilidad2019.1.02

Número

Sección

Miscelánea